Derecho alimentario - Inocuidad alimentaria
Palabras clave:
Derecho alimentario, Inocuidad de los alimentos, LeyesResumen
Genéricamente se entiende por Delito Alimentario, aquella conducta irregular llevada a cabo por el agente causal (léase distribuidor, fabricante, productor en primera fase o simplemente comerciante) que lesiona el interés legítimo y directo del consumidor (entendiendo a éste como la persona física que incorpora habitualmente a su IDA -ingesta diaria admitida- determinada cantidad de alimentos o productos alimentarios y por los cuales abona un precio) perjudicando notoriamente la salud pública, el ambiente y el colectivo social global.