Derogación del decreto Nº 360/79

Autores/as

  • Ministerio de Agricultura y Pesca
  • Ministerio del Interior
  • Ministerio de Economía y Finanzas
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Palabras clave:

Legislación, Uruguay

Resumen

El Presidente de la República decreta:

Artículo 1º Derógase el decreto No. 360/979, de 20 de junio de 1979.

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Publicado

1980-01-01

Cómo citar

Ministerio de Agricultura y Pesca, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía y Finanzas, & Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. (1980). Derogación del decreto Nº 360/79. Veterinaria (Montevideo), 16(72), 45. Recuperado a partir de https://revistasmvu.com.uy/index.php/smvu/article/view/1068

Número

Sección

De interés